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lunes, 13 de enero de 2014

Rondas Campesinas vs Ronda Urbanas

Por Francoise Cavalié Apac
Magister en Derecho Constitucional

Hace una semana apreció un video (http://www.youtube.com/watch?v=QhXcKtPc-jQ) en televisión y redes sociales sobre un “operativo” contra un nigth club, realizado por las autoproclamadas “rondas urbanas” de Cajamarca.
La falta de seguridad, tanto en Lima como en provincia, es un problema que en lugar de mejorar con cada gobierno, se mantiene igual o empeora, lo que conlleva a que la misma población tome cartas en el asunto. Sin embargo, tomar la justicia por nuestras propias manos no sólo deforma la concepción de justicia, sino que incurre en actos ilegales al violar derechos fundamentales de la Constitución.
Por otro lado, y el motivo de éste artículo, es la aparición de las rondas urbanas (no siendo ésta, su primera vez), que además de crear falsas similitudes y/o comparaciones con las rondas campesinas, desvirtúa la existencia e importancia de las rondas campesinas en una sociedad cegada, aún, ante la interculturalidad.

Por otro lado, y el motivo de éste artículo, es la aparición de las rondas urbanas (no siendo ésta, su primera vez), que además de crear falsas similitudes y/o comparaciones con las rondas campesinas, desvirtúa la existencia e importancia de las rondas campesinas en una sociedad cegada, aún, ante la interculturalidad. 

RONDAS CAMPESINAS

Origen
Surgen a mediados de los años setentas, en Cajamarca y Piura, debido a la necesidad de proteger sus bienes del incremento de la delincuencia, en especial el abigeato, que no era controlado por las autoridades encargadas. Posteriormente, producto de la crisis económica y social que afrontaba el país, el Estado estimuló la constitución de los comités de autodefensa como estrategia para combatir la delincuencia, el terrorismo y el narcotráfico.
Actualmente las rondas campesinas desempeñan diversas funciones en su ámbito rural, tales como funciones de gobierno local, administración de justicia (la jurisdicción especial sólo tiene competencia sobre hechos ocurridos dentro del ámbito de su comunidad), desarrollo local, y de medio de comunicación con las entidades estatales y otras organizaciones.

Concepto:
Son organizaciones que representan y estructuran la vida comunal ejerciendo funciones de seguridad, justicia e interlocución con el Estado, garantizando la paz comunal. Además organizan esfuerzos y recursos para el desarrollo rural dentro de su ámbito territorial. Éste suele caracterizarse, desde el punto de vista de la institucionalidad, por la ausencia o debilidad del Estado para garantizar el orden y el respeto a los derechos fundamentales de la persona humana.” (Fuente: “El Reconocimiento Estatal de las Rondas Campesinas”, 2° Edición, Defensoría del Pueblo)


Características: 


Deberes y Derechos:
·         Promover el ejercicio de los derechos y participación de la mujer en todo nivel.
·         Tener consideración especial a los derechos del niño y del adolescente, las personas discapacitadas y de los adultos mayores.
·         Las Rondas Campesinas deben elaborar su Estatuto e inscribirse en los Registros Públicos. Asimismo procederá su inscripción en la municipalidad de su jurisdicción a fin de establecer relaciones de coordinación. No podrá existir más de una Ronda Campesina en el mismo ámbito comunal
·         Derecho a no ser discriminados por las instituciones y autoridades del sector público.
·         Las Rondas Campesinas tienen derecho de participación, control y fiscalización de los programas y proyectos de desarrollo que se implementen en su jurisdicción comunal de acuerdo a ley.
·         Las Rondas Campesinas en uso de sus costumbres pueden intervenir en la solución pacífica de conflictos suscitados entre los miembros de la comunidad u organizaciones de su jurisdicción y otros externos siempre y cuando la controversia tenga su origen en hechos ocurridos dentro de su jurisdicción comunal.


RONDAS URBANAS DE CAJAMARCA
Las rondas urbanas tienen su origen a comienzos del año 2000, producto de la inseguridad, delincuencia, y migración de forasteros a la ciudad. Sus acciones comprendían fuertes castigos corporales y públicos a ladrones, y/o cualquier persona que atentase contra la moral.
Posteriormente, en el año 2008, la Municipalidad emitió una ordenanza reconociendo y otorgando, a las rondas urbanas, la facultad de administrar justicia, hecho que fue criticado por la Fiscalía de Cajamarca, por ser inconstitucional. Debido a esto, la Municipalidad, modificó la ordenanza, especificando que las rondas urbanas sólo debían colaborar con las autoridades, sin embargo esto funciona al revés; las rondas urbanas siguen tomando la justicia en sus propias manos, con excesos incluidos, y las autoridades (Serenazgo y la Policía), se limitan sólo a acompañarlos.


RONDAS CAMPESINAS vs RONDAS URBANAS
Al igual que las rondas campesinas, las rondas urbanas se originaron por una escasa y/o corrupta participación de las autoridades competentes en zonas urbanas, trasladando así el modelo de las rondas campesinas fuera de su competencia territorial. Sin embargo, existen diferencias marcadas entre ambos modelos, veámos cuáles son:





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